El Jurado Territorial de Expropiación de la Comunidad de Madrid dispondrá de medios adicionales para su funcionamiento ante el incremento de la tramitación de expedientes de justiprecio derivados de la ejecución de nuevos desarrollos urbanísticos este año como Los Berrocales, Los Ahijones y Madrid Nuevo Norte.
El presupuesto general consolidado de la Comunidad de Madrid para 2024 recoge que se facilitarán los medios materiales, personales y económicos necesarios para el funcionamiento del citado jurado, en cumplimiento del artículo 240.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo.
En ese sentido, la memoria presupuestaria incide en que «han comenzado a tramitarse expedientes de valoración como consecuencia de la ejecución de los nuevos desarrollos urbanísticos Madrid Nuevo Norte, Los Berrocales y Los Ahijones, estando previsto un incremento sustancial de la remisión de expedientes de justiprecio por lo que se hace necesario la dotación para el capítulo 1 de retribuciones de interinos sin adscripción al puesto de trabajo«.
Aumento de dietas
Según explicaron fuentes de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio a Nuevo Sureste, las expropiaciones que pudieran producirse se limitarían a un 10 o un 20 por ciento del suelo, para los propietarios no adheridos (por estimación basada en situaciones anteriores), sin que haya una partida de crédito específica para ello más allá de la consignada de ordinario para el jurado.
No obstante, sí se contempla, concretan desde el departamento liderado por Carlos Novillo, la posibilidad de aumentar las dietas de los miembros externos del tribunal por su asistencia a secciones o plenos, aspecto que es habitual cuando los ciclos de trabajo se incrementan. En las cuentas regionales, no se concreta dicha partida.
El Jurado Territorial de Expropiación es el órgano que determina justiprecio cuando la administración (Comunidad de Madrid y ayuntamientos), como organismos expropiantes, no se ponen de acuerdo en el precio de valoración del bien expropiado con los propietarios expropiados. Dichos propietarios acuden al jurado para que, remitiendo las piezas de valoración contradictorias de bienes expropiados, establezcan su justiprecio.
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