Nuevas normas para catapultar el éxito de los nuevos desarrollos del sureste

por | 20 Feb. 2024 | 0 Comentarios

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El Ayuntamiento de Madrid aprobó el 27 de noviembre de 2023 las nuevas normas urbanísticas acordadas con la Comunidad de Madrid. El objetivo es impulsar y facilitar los futuros desarrollos urbanísticos de la ciudad.

Esta decisión del Gobierno municipal pretende dar compatibilidad de usos urbanísticos y favorecer la actividad económica en la ciudad. Permitirá crear 4.182 puestos nuevos de trabajo e incrementar en 215 millones de euros el PIB de la capital, protegiendo la calidad de vida y el ecosistema.

Las nuevas normas serán el pilar esencial para los diez desarrollos urbanísticos que harán crecer la ciudad hasta en 56 millones de metros cuadrados en los próximos años, entre ellos, los del sureste.

Esta adaptación puntual de las normas urbanísticas permite actualizar la normativa establecida en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 a los cambios sociales, económicos, políticos, legislativos y tecnológicos que se han producido con el tiempo.

Son el prólogo del nuevo plan general de la ciudad. La base del fomento de la construcción de edificios y viviendas más confortables y sostenibles; establecen un marco con mejores condiciones para las actividades económicas, y regulan la mejora del uso de las dotaciones y los espacios vacantes. Además, se simplifican trámites, garantizando la seguridad jurídica.

Entre otros aspectos, se incorpora un programa mínimo de vivienda: las nuevas viviendas de la capital ya no pueden ser inferiores a 40 metros cuadrados de superficie. Las terrazas y los cuartos de instalaciones en plantas de piso no computan a efectos de edificabilidad, al igual que trasteros, zonas comunitarias y tendederos. Se regula la transformación de local en vivienda, se permitirán miradores con persiana y se convertirán las azoteas en transitables. Se facilita la intensificación de usos para generar más vivienda en espacios colmatados y se impulsa la recuperación de patios de manzana con soluciones bioclimáticas y alternativas.

‘Coliving’ y ‘cohousing’

Se regula el ‘coliving’ y el ‘cohousing’. En el primero, se crean las condiciones para la convivencia entre los residentes mediante una importante dotación de espacios comunes, con la correlativa reducción de las unidades de alojamiento privativas de las viviendas.

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Estas no podrán ser inferiores a 15 metros cuadrados para una persona, ni a 10 metros cuadrados por persona cuando esté prevista para más de una persona. En el caso del ‘cohousing’, los espacios comunes aumentan hasta abarcar todas las zonas de estancia y ocio. La superficie mínima de la vivienda será en este caso de 30 metros cuadrados, compensando el resto hasta los 40 metros cuadrados con las zonas comunitarias.

En lo referente a los usos terciarios, integra el Plan Especial de Hospedaje, incluido sus anillos, por lo que las viviendas de uso turístico no experimentan cambio alguno y quedan sujetas a ese plan que exige un acceso independiente a la vivienda. También se establece un parámetro urbanístico, denominado ‘factor verde’, que mejorará la sostenibilidad ambiental mediante el aumento de la superficie vegetal a través de cubiertas y fachadas verdes, y en espacios libres de parcela, así como el fomento de la plantación de arbolado y ajardinamiento. Los elementos de producción de energía sostenible y los cuartos de bicicletas no computarán a efectos de edificabilidad.

Se flexibilizan los usos y se simplifica la implantación de equipamientos dotacionales básicos y singulares de forma inmediata, sin plan especial. Se posibilita construir viviendas tuteladas y viviendas de integración social en suelos dotacionales, dirigidas a colectivos con necesidades específicas.

Se prioriza la implantación en polígonos industriales y se limita su actividad en zonas residenciales, al igual que ocurre con el uso almacenaje con reparto a domicilio y la logística. Así, se limita su implantación en ámbitos residenciales a locales de uso industrial con un máximo de 350 metros cuadrados, con la obligación de que tengan en el interior del establecimiento las zonas de espera, carga y descarga y estancia de los transportistas. El máximo de cocinas permitidas será de ocho. Además, se exigirá un estudio de movilidad para conocer el impacto que tendrá en la zona.

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